Además de la inclusión de algún pequeño comentario y de algunas faltas matizadas, los dos cambios fundamentales en el estándar son los que hacen alusión a OREJAS y COLA.
En ambos casos, a partir de ese 1 de Agosto, el Dobermann FCI, es decir, el regido por el estándar del país de origen, Alemania, ya no contendrá alusión alguna a la costumbre de cortar orejas y rabo en algunos países y a cómo deben ser en esos casos.

OREJAS

En el estándar 143 en su redacción actual, vigente hasta el 31 de Julio del año que viene, se dice:
Orejas : La oreja, de inserción alta, se lleva erecta y cortada a una longitud en proporción a la cabeza. En los países donde no está permitido el corte, las orejas sin cortar son igualmente reconocidas (Tamaño mediano preferido y con el borde interno colgando pegado a las mejillas.)
A partir del 1 de Agosto regirá lo siguiente al respecto:
Orejas:  Naturales, de un tamaño apropiado, implantadas a cada uno de los lados del punto más alto del cráneo y llevadas idealmente pegadas a las mejillas.

COLA

En cuanto a la cola, el actual estándar dice:
Cola : De implantación alta y amputada corta, dejando aproximadamente dos vértebras visibles. En los países donde la amputación no esta permitida, la cola se dejará natural.
A partir del 1 de Agosto, en cambio:
Cola: Natural, idealmente llevada alta, con una ligera curvatura. 

OTROS CAMBIOS

Aparte de los ya mencionados, los otros cambios introducidos por el estándar son los siguientes:
Color: El Dobermann  se cría en dos colores: negro y marrón, con marcas rojo óxido limpias y bien definidas (marcas fuego)
Este cambio, en realidad, no introduce ninguna variación, salvo dejar claro que la raza “se cría” en esos dos colores y no en cualquier otro que pudiera aparecer.
Faltas:
  • Espalda no recta, lordosis, espalda de cucaracha, pecho de anchura o profundidad insuficiente, cola implantada muy baja, grupa inclinada…
  • Cuartos traseros con muy poca o demasiada angulación.
  • Paso no armonioso, en particular la ambladura.
  • Subpelo visible (DESCALIFICANTE)

CONSECUENCIAS

Las consecuencias evidentes de este nuevo estándar son que, desde el 1 de Agosto, los ejemplares de Dobermann serán juzgados, todos, al menos en los países de la FCI, por un nuevo patrón que no incluye la posibilidad de cortar orejas y rabo. Este nuevo estándar afecta a todos los países miembros de la FCI y, por tanto, con independencia de que las legislaciones nacionales permitan o no dicha práctica, todos los Dobermann con orejas y/o rabo cortado no estarán ya dentro del estándar.

Hay que saber ahora si se consentirá que aquellos perros nacidos antes del 1 de Agosto próximo y a los que se haya practicado el corte de orejas o cola, podrán optar a ser calificados como Excelente u obtener premios en exposiciones o no.
Sin duda un cambio sustancial que causará, al menos en un primer momento, un fuerte impacto en la raza.